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Ex pensionados de Empart podrán solicitar bono reparatorio de deuda del 4%

Pensiones

Ex pensionados de Empart podrán solicitar bono reparatorio de deuda del 4%

Ex pensionados de Empart podrán solicitar bono reparatorio de deuda del 4%

Punta Arenas. 14 marzo 2025. El Seremi de Hacienda de Magallanes, Álvaro Vargas, anunció oficialmente el inicio del proceso para solicitar el bono reparatorio destinado a pensionados que cotizaron en la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares (EMPART).

El proceso ha sido diseñado especialmente para que los pensionados puedan realizar la solicitud del bono de forma rápida, cómoda y sencilla, directamente en las oficinas de ChileAtiende ubicadas en:

  • Punta Arenas: Av. Independencia 817, lunes a jueves de 8:30 a 15:30 horas, viernes de 8:30 a 14:00 horas.
  • Puerto Natales: Calle Manuel Bulnes 367, lunes a jueves de 8:30 a 15:30 horas, viernes de 8:30 a 14:00 horas.
  • Porvenir: Av. Santa María 250, lunes a jueves de 8:30 a 15:30 horas, viernes de 8:30 a 14:00 horas.
  • Puerto Williams: Calle O’Higgins 229, lunes a jueves de 8:30 a 15:30 horas, viernes de 8:30 a 14:00 horas.

El proceso ha sido diseñado especialmente para que los pensionados puedan realizar la solicitud del bono de forma rápida, cómoda y sencilla.

¿Quiénes pueden solicitar este beneficio?

Pueden acceder a este bono las personas pensionadas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber cotizado al menos un año (continuo o discontinuo) en EMPART, entre el 11 de febrero de 1958 y el 30 de noviembre de 1977, en la región de Magallanes.
  • Estar pensionado por vejez o invalidez bajo el DL 3.500 o en el Instituto de Previsión Social (IPS).
  • No haber recibido incrementos en su pensión conforme al Decreto Ley Nº 2.071, de 1977.

Montos del bono según años de cotización en EMPART:

  • 1 a 5 años: monto proporcional al tramo de 6 a 11 años.
  • 6 a 11 años: $700.000.
  • 12 a 17 años: $1.400.000.
  • 18 a 19 años: $2.800.000.

Documentos necesarios para solicitar el bono:

  • Carnet de identidad del solicitante (y del representante, si corresponde).
  • Datos bancarios para transferencia electrónica (en caso de no tener cuenta bancaria, se emitirá un cheque nominativo).
  • Documento que acredite representación, cuando corresponda.

La primera nómina oficial de beneficiarios se publicará el día 5 de mayo de 2025, y el pago se efectuará dentro de los 15 días hábiles posteriores a dicha publicación.

“Hoy cumplimos con una demanda histórica de la región que por más de 40 años buscaron que se reconociera el perjuicio que se generó durante la dictadura civico militar quien quitó el beneficio a los trabajadores de la ex caja EMPART, han sido años de trabajo para buscar la formular de reparación y varios meses de coordinación con distintas entidades públicas para llevar a cabo este proceso de la mejor manera”, afirmó Álvaro Vargas.

Para más información y obtener los formularios necesarios para la solicitud, visite www.hacienda.cl o acérquese directamente a las oficinas de ChileAtiende.

 

 

 

 

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