Valaraíso. 24 agosto 2020. Dos semanas para presentar indicaciones se dieron los integrantes de la Comisión de Salud para perfeccionar el proyecto sobre acoso sexual en las atenciones de salud, el que cursa su primer trámite. Esto luego que respaldaran la idea de legislar en la última sesión.
La norma de autoría de los senadores Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Francisco Chahuán, Guido Girardi y Rabindranath Quinteros fue analizada por los legisladores, en virtud de lo cual escucharon a la presidenta del Departamento de Género y Salud del Colegio Médico (COLMED), Francisca Crispi.
ABUSO A PACIENTES
La profesional explicó que “las relaciones entre el personal de la salud están recogidas por la legislación que aborda el acoso laboral, por eso este proyecto nos parece importante porque también consigna el abuso hacia pacientes por parte de tratantes (médicos, enfermeros, etc.)”.
Continuó relatando que “los protocolos hospitalarios no recogen la situación de los pacientes. Ahora nos gustaría que no sólo se sancione el acoso sino también una serie de conductas como son actos verbales y físicos como tocaciones, roses e insinuaciones. Sabemos que cuando se trata de pacientes, la situación es muy asimétrica, por lo que habría que dejar muy en claro qué es abuso y qué no lo es”.
“La situación de la ginecología es aún más confusa. Lo normal es que se realice una revisión genital con consentimiento informado. Creemos que ello debe ser considerado por el proyecto” detalló la facultativa, quien además admitió que el COLMED recibe una gran cantidad de denuncias de parte de personal de salud y los pacientes.
“Nos han llegado casos donde siquiatras hacen exámenes físicos, lo que no corresponde porque esa área de la medicina tiene que ver con lo sicológico. También sabemos que ciertos colegas le piden a una paciente que se desvista sin que haya necesidad de ello. Todas esas conductas queremos que sean sancionadas. A ello también se suma el contexto de alto machismo en el área de la salud”, insistió.
También la doctora Crispi valoró que se realice algún registro de abusadores porque “muchas veces un profesional de la salud trabaja en distintos recintos, entonces es difícil conocer la hoja de vida de esa persona”.
Los senadores de la Comisión agradecieron la exposición del Colegio Médico, acordando que en las indicaciones que se presenten van a considerar algunas de las observaciones realizadas en la sesión. Todos comentaron la pertinencia de revisar bien las normas de acoso laboral, de manera de complementarlas con esta disposición en el ámbito sanitario.
VIOLACIÓN A DOCTORA
Cabe recordar que el acoso en hospitales, clínicas, laboratorios y en todo centro médico surge cada vez que una víctima denuncia un hecho. Un ícono de este proyecto constituye la violación de la que fue objeto en el 2019, la participante y fundadora del Departamento de Género del COLMED, la doctora Viviana González, quien denunció un ataque del que fue víctica cuando se encontraba bajo la influencia del alcohol, tiempo en que cursaba un programa de especialización en cirugía.
El hecho despertó el apoyo de distintas organizaciones como el personal de salud doctora Mamá, la Agrupación de Médicos Generales de Zona, las Cirujanas de Chile, las Ginecólogas de Chile, las Urólogas de Chile, y las Médicas Feministas. En julio de ese año, un total de tres mil quinientos doctores firmaron una carta de solidaridad con Vivian. El caso se encuentra sobreseido.
PROYECTO
El proyecto de ley pretende velar por el respeto de la dignidad y libertad de las personas, procurando evitar y sancionar conductas de acoso sexual en contextos de atención médica. De esta forma establece que “se considerarán como tales aquellos actos en que un profesional de la salud, por cualquier medio, realiza requerimientos de carácter sexual a un paciente, sin justificación médica.
Los prestadores institucionales de salud deberán elaborar un reglamento interno sobre prevención y sanción del acoso sexual en las atenciones de salud, que contemple procedimientos de denuncia y sanciones administrativas internas para quienes cometan actos de acoso sexual, sin perjuicio de otras responsabilidades legales que se deriven de dichos actos.
Un reglamento establecerá los contenidos mínimos que deben contemplar las normativas internas que elaborarán los prestadores institucionales de salud. Los prestadores institucionales deberán elaborar la normativa interna establecida en esta ley en el plazo de 90 días desde la publicación del reglamento”.