CENTROS COMERCIALES NO DEBEN COBRAR POR BAÑOS Y ESTACIONAMIENTOS A SUS CLIENTES
Punta Arenas. 18 mayo 2012. El SERNAC envió un oficio a todos los centros comerciales para iniciar una mediación colectiva que busca fijar criterios respecto a los cobros de estacionamientos y baños, los que a juicio del organismo, deben ser gratuitos para sus clientes por tratarse de una exigencia legal y parte del servicio principal de las empresas.
En el caso de los estacionamientos, la Ley General de Urbanismo y Construcciones señala que los locales comerciales tienen la obligación de contar con estacionamientos en número suficiente para ejercer su actividad.
Precisamente, el espíritu de esta Ley, es que los centros comerciales cuenten con estacionamientos para evitar las externalidades negativas que se producirían si no contaran con estos espacios, colapsando las calles colindantes.
Asimismo, existen varios fallos de tribunales que confirman que los estacionamientos son parte del servicio principal de la empresa; que actúan como un factor de atracción para los clientes que les asegura un acceso fluido y cómodo a los locales comerciales.
Incluso, de dictámenes de la Contraloría se deduce que estos establecimientos sólo podrían cobrar a quienes no son sus clientes, confirmando con ello que los centros comerciales y sus estacionamientos no son elementos separados, sino integran un solo servicio.
Por otra parte, la existencia de baños en locales comerciales está regulada por el Reglamento de Condiciones Sanitarias Ambientales y de Seguridad Básicas en Locales de Uso Público que indica que “todo local de uso público deberá disponer de servicios higiénicos para el público separados por sexo y señalizados independientemente de aquellos destinados al personal que labora en el local conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Organismo y Construcciones”. Igualmente, el Reglamento Sanitario de los Alimentos establece la obligación de contar con baños en los locales que expenden alimentos.
Para el SERNAC, el que exista una normativa que exige a las empresas contar con baños y estacionamientos, significa que las empresas no pueden cobrar por este tipo de servicios a sus clientes. Asimismo, la Ley del Consumidor exige que las empresas entreguen un servicio de calidad que incluye el respeto de las normas especiales que las regulan, por ejemplo, en materia de salud y seguridad, así como que se cobre lo que corresponde.















