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Seremi del Trabajo:Aprobación de ley que prorroga elección de directivas sindicales

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Seremi del Trabajo:Aprobación de ley que prorroga elección de directivas sindicales

Seremi del Trabajo:Aprobación de ley que prorroga elección de directivas sindicales

Punta Arenas. 21 mayo 2020. Por 141 votos a favor, la Cámara de Diputados despachó a ley el día de ayer (miércoles) el proyecto gubernamental que busca suspender los procesos electorales de directivas y delegados sindicales, así como de las asociaciones de funcionarios del sector público, prorrogando sus mandatos durante el estado de catástrofe.

El actual contexto ha dificultado el correcto proceso eleccionario, por lo mismo, a petición de los trabajadores se presentó esta iniciativa que tiene por objeto entregar certeza jurídica respecto de los procesos electorales que hayan iniciado o que deban comenzar durante el estado de excepción y que no hayan podido finalizar, prorrogando así la vigencia de los mandatos durante dicho período.

En palabras de la Seremi del Trabajo, Victoria Cortés Schiattino, “esta es una excelente noticia en el marco de esta pandemia debido a la cual muchos sindicatos y asociaciones de funcionarios no han podido ejecutar o completar sus procesos eleccionarios. Por tanto, esta medida se tornó en una necesidad transversal e importante para los sindicatos en medio de esta crisis sanitaria a fin de darles continuidad y tranquilidad a sus directivas”.

La autoridad destacó la buena recepción de parte del Congreso que aprobó rápidamente la iniciativa propuesta por el Presidente Sebastián Piñera.

“La idea es no poner en riesgo a los trabajadores y funcionarios, por lo mismo, el gobierno del Presidente Sebastián Piñera ingresó esta iniciativa a fin de prorrogar estos procesos hasta que sea seguro hacerlos de manera tal que los sindicatos puedan ejecutarlos de manera óptima sin afectar la participación y representatividad de sus asociados”, agregó la autoridad.

Entre sus aspectos más relevantes, la ley establece la suspensión, de pleno derecho, de los procesos electorales que se hubieren iniciado antes de la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe o aquellos que debieran iniciarse durante este estado y que no se hayan podido finalizar.

En caso de prórroga parcial del Estado de Excepción Constitucional en la región, la suspensión del proceso electoral sólo afectará a las regiones que mantengan ese estado.

La suspensión de pleno derecho del proceso electoral no tendrá efecto en caso que la organización sindical o asociación de funcionarios estime que existen las condiciones para realizar el proceso sin afectar el derecho de participación de todos sus asociados.

Los mandatos sindicales de directores y delegados sindicales se prorrogarán por el número de días que restaba para el término del plazo del mandato original al momento de decretarse el Estado de Excepción, días que se cuentan desde el cese de dicho estado.

Además, se mantiene a salvo la posibilidad de constituir nuevos sindicatos o asociaciones de funcionarios durante este período.

Y, por último, para la determinación del número de directores o delegados sindicales a elegir, se considerará el número de afiliados existentes a la fecha en que se declaró el referido estado de catástrofe.

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