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Comisión de Constitución de la Cámara aprueba idea de legislar proyecto de resguardo de infraestructura crítica por las FF.AA.

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Comisión de Constitución de la Cámara aprueba idea de legislar proyecto de resguardo de infraestructura crítica por las FF.AA.

Comisión de Constitución de la Cámara aprueba idea de legislar proyecto de resguardo de infraestructura crítica por las FF.AA.

Valparaíso. 10 marzo 2020.   Durante la tarde de este lunes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar del proyecto de reforma constitucional que permite a las Fuerzas Armadas resguardar infraestructura crítica sin tener que decretar Estado de Emergencia.

La iniciativa impulsada por el Ejecutivo fue aprobada en general con siete votos a favor, incluyendo el del presidente de la instancia Matías Walker (DC), y seis votos en contra.

Se acaba el receso legislativo: Interpelación a ministra y urgencias del Gobierno marcan primera semana del Congreso 118Además el proyecto contó con el apoyo de los parlamentarios de Chile Vamos, Jorge Alessandri (UDI), Juan Antonio Coloma (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Camila Flores (RN), Gonzalo Fuenzalida (RN), y Paulina Núñez (RN). En tanto, votaron en contra Marcos Ilabaca (PS), Leonardo Soto (PS), Gabriel Boric (Convergencia), René Saffirio (IND), Tomás Hirsch (PH), y Hugo Gutiérrez (PC).

Cabe recordar que el 20 de enero pasado la Cámara Alta aprobó esta reforma constitucional, la cual en caso de convertirse en ley permitiría que los efectivos de Carabineros que están a cargo de cuidar estas instalaciones queden disponibles para resguardar el orden público, lo que es prioridad para el Gobierno.

En esa línea, el proyecto establece que se entiende por infraestructura crítica «aquella cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios de utilidad pública para la población o para el eficaz funcionamiento de los órganos y la administración del Estado».

De ese modo, se refiere a las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios, cualquiera sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre la población.

El Gobierno, el Congreso, el Poder Judicial y los órganos de la administración del Estado también entran dentro de esta categoría. En tanto, ahora la iniciativa deberá ser revisada en particular por la comisión, para luego ser votada en la instancia parlamentaria.

Fuente: Emol.com

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