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Corte de Apelaciones rechazó el último recurso de protección presentado por Johana Garnica, madre de Javier Vera

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Corte de Apelaciones rechazó el último recurso de protección presentado por Johana Garnica, madre de Javier Vera

Corte de Apelaciones rechazó el último recurso de protección presentado por Johana Garnica, madre de Javier Vera

Punta Arenas. 20 agosto 2019.  Corte de Apelaciones rechazó el último recurso de protección presentado por Johana Garnica, madre de Javier Vera, en contra del gobierno regional de Magallanes, por “haber ejercido acción u omisión de manera arbitraria e ilegal que priva, perturba y amenaza el legítimo ejercicio del derecho y garantías establecidos en los artículos 19 N°1, N°2 N°9 y N°14 de la Constitución Política de la República de Chile”, entre ellos el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y el derecho a la protección de la salud.

En el escrito, ingresado el pasado 20 de junio y declarado admisible cuatro días después, la madre de Javier pidió que se ordenara al gobierno regional “(…) otorgar en el menor tiempo posible (considerando la urgencia de la operación de acuerdo a especialistas del Hospital de Boston), los recursos económicos que requiera la operación de Javier Garnica Villegas mediante el Programa de Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para Personas con Discapacidad en el Children’s Hospital de Boston”.

El fallo, emitido ayer lunes 19 por la sala integrada por los ministros María Isabel San Martín y Víctor Stenger y el fiscal judicial interino Pablo Miño, determinó que no se vieron afectados los derechos y garantías fundamentales invocados, si bien el gobierno regional omitió su deber legal de dar respuesta por escrito a la petición de Joanna Garnica de acceder a fondos del Programa “Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para las personas en situación de Discapacidad” y/o acceder al Programa de Apoyo a la Discapacidad Infantil.

La Corte también estableció como cuestión previa el recurso presentado por la madre de Javier el 6 de diciembre de 2018, acogido por este tribunal de alzada y revocado por la Corte Suprema en marzo de este año.

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Fuente: Claudia Urzúa Faúndez.Periodista. Jurisdicción Punta Arenas

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