Punta Arenas. 3 mayo 2017. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –martes 2 de mayo- a Héctor Lemarchand Gómez a las penas efectivas de: 541 días de presidio como autor del delito consumado de disparo injustificado de arma de fuego, 541 días por tenencia ilegal de elementos contenidos en la ley sobre control de armas y a 300 días de presidio, pena sustituida por la libertad vigilada intensiva, por el delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar en contra de su cónyuge. Todos Ilícitos perpetrados el 12 de julio de 2016, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 25-2017), el tribunal integrado por los magistrados José Octavio Flores Vásquez (presidente), Jaime Álvarez Astete (redactor) y Julio Álvarez Toro- aplicó, además, las accesorias legales de suspensión para ejercer cargo u oficio público mientras dure la condena, el comiso de todas municiones y armas incautadas, la prohibición de porte y tenencia de arma de fuego por el lapso de 2 años, la prohibición de acercase a menos de 100 metros de la víctima y a su domicilio durante 2 años, y a las costas de la causa.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a las 11.30 horas del 12 de julio del 2016 “en circunstancias que 2 contratistas de la empresa Edelmag procedían al corte de la energía eléctrica en el domicilio del sentenciado, éste los increpó y procedió a efectuar un disparo al aire con arma de fuego, con la finalidad de intimidarlos”.
“Personal policial debió hacer ingreso al domicilio y descubrió gran cantidad de municiones, cartuchos y dos rifles, uno de ellos apto como arma de fuego, que Lemarchand Gómez tenía en su poder, sin autorización legal para ello” (…) “en diferentes ocasiones y, específicamente, un día de semana santa del 2016, el sentenciado amenazó con cortarle los dedos con un alicate a su cónyuge”, agrega el fallo.