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HASTA EL 23 DE ENERO REGIRÁ PLAZO DE RETRACTO PARA DESISTIR DE CONTRATOS EDUCACIONALES SERNAC e INJU

HASTA EL 23 DE ENERO REGIRÁ PLAZO DE RETRACTO PARA DESISTIR DE CONTRATOS EDUCACIONALES SERNAC e INJU

Punta Arenas. 20 enero 2011. SERNAC e INJUV hacen llamado a estudiantes de educación superior de primer año a informarse sobre este derecho de desistir de los contratos educacionales por una segunda matrícula.
Punta Arenas, 19 de enero del 2011.- Tras la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades e institutos de educación superior, y hasta el 23 de enero, existe la posibilidad de arrepentirse del contrato educacional exhibiendo el comprobante de una segunda matrícula.
Así lo explicó Gabriel Vega Gutiérrez, Director Regional del Instituto Nacional de la Juventud, indicando además que el derecho al retracto permite a los y las estudiantes que encontraron una mejor alternativa, o cambiaron de preferencia o se arrepintieron de su elección, una vez matriculados en una institución, puedan desistir del contrato durante este plazo.
El retracto es aplicable a todas las instituciones de educación superior, ya sean universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, independiente de en cual de ellas se haya producido la primera o segunda matrícula. En cualquiera de estos casos el establecimiento debe devolver lo pagado por la matricula y la documentación que respalda el pago del año, pudiendo retener, de la matrícula, solo hasta el 1% del arancel de la carrera por concepto de costos de administración.
La devolución de lo pagado así como de la documentación entregada tiene un plazo de 10 días desde que se ejerció el retracto.
Gabriel Vega Gutiérrez, invitó a los y las jóvenes a informarse sobre las reglas de retracto a través de la página www.injuv.cl, y a presentar sus reclamos en www.sernac.cl en los casos que no se les permita ejercer este derecho.
Para ejercer el retracto:
1. El o la estudiante de primer año, debe presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución donde se matriculó primero y donde quiere ejercer el retracto, acompañándolo de una carta donde manifieste que quiere ejercer ese derecho.
2. Debe pedir a la institución que timbre o firme una copia de la carta, de tal forma que quede una prueba de la fecha en la que se hizo efectivo el retracto.
3. Una vez transcurridos 10 días de haber presentado el retracto, si no ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, insistir.  Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo a www.sernac.cl
Cabe recordar que el retracto es un derecho excepcional que entrega la Ley del Consumidor. Los contratos en general deben ser respetados tanto por consumidores como por las empresas o instituciones. Es por eso que, después del 23 de enero, si el contrato con la casa de estudios no lo permite, no es posible terminarlo anticipadamente. Por eso, al momento de firmar un documento es importante fijarse en las cláusulas que indiquen la forma de terminarlos en caso de enfermedad o cesantía, entre otros.

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