INCUMPLIÓ LA ORDEN DE NO ACERCARSE A SU EX PAREJA Y LA AMENAZÓ POR DESACATO FUE CONDENADO SUJETO
Punta Arenas, 26 octubre 2010. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, por votación unánime condenó a E.E.M.L., en calidad de autor del delito de desacato, descrito y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en grado de consumado.
Durante el juicio oral, el Fiscal Eugenio Campos Lucero, indicó que el 15 de junio, del año 2009, el acusado E.E.M.L fue condenado, por el delito de lesiones menos graves bajo contexto de violencia intrafamiliar, entre otras, a la pena accesoria especial de prohibición de aproximarse a un domicilio específico y a su ex pareja, por el lapso de un año a contar de ejecutoria la sentencia, sin embargo, no cumpliendo lo ordenado por el Tribunal de Garantía, el sujeto, el día 10 de marzo de 2010, aproximadamente a las 23:00 horas, concurrió al actual domicilio de la víctima, y la amenazó con agredirla físicamente, reiterando lo mismo luego, mediante mensajes telefónicos.
La audiencia de comunicación de sentencia, donde se conocerá la pena que deberá cumplir el acusado, se llevará a efecto el viernes 29 de octubre, a las 12:00 horas.










