(Por Ariel Mihovilovic, abogado y profesor universitario) En su columna de ayer, la candidata Jessica Bengoa, incurre en una serie de imprecisiones que me parece importante aclarar a la audiencia, atendida la elección del 7 de mayo en que nos enfrentaremos por uno de los dos cupos que le corresponden a nuestra Región de Magallanes en el Consejo Constitucional. Primero, no es correcto decir que este proceso es una “continuidad” del fallido proceso anterior, que no contemplaba una “segunda parte”. Hay grandes diferencias de tiempo, contenidos y órganos entre uno y otro proceso que los hacen completamente diferentes. Sin embargo, sus errores más importantes están ligados a repetir vicios de la fracasada Convención, en temas tan sensibles como pensiones, educación y salud, donde nos recuerda que ella es la candidata del Gobierno que apoyó con tanto ímpetu esa mala propuesta para Chile.
En pensiones, yerra en el maximalismo de querer incluir, a nivel constitucional, principios de rango legal. Qué duda cabe que en Chile existe un sistema mixto, con componentes de capitalización individual y solidaridad (siendo la PGU un ejemplo de esto último). La Constitución debe regular los pilares y garantías del sistema de pensiones, dejando su desarrollo a la ley. Acá, el principal avance debiese ser consagrar que los ahorros son de propiedad de los trabajadores, heredables y con derecho a elegir quién los administra (si un ente público o uno privado).
En educación, realiza un diagnóstico incorrecto, al sugerir que los problemas de la educación pública existirían por un supuesto rol secundario del Estado; soslayando la existencia de múltiples entes estatales (e.g. ministerio, superintendencia y un sinnúmero de establecimientos) y desconociendo que la crisis de la educación pública se explica, en buena medida, por una serie de malas reformas y políticas impulsadas por quienes hoy nos gobiernan (incluyendo su timidez para condenar la violencia).
Algo parecido ocurre en salud, donde atribuye los problemas de la salud pública a una supuesta falta de fondos, obviando el enorme crecimiento que ha tenido el gasto público en salud durante los últimos años, lo cual, desgraciadamente, no se ha traducido en una disminución de las listas de espera, que son su principal problema.
En estas tres áreas, mi rival olvida que este nuevo proceso constitucional no es para refundar Chile, sino que para reformarlo y mejorarlo. También olvida que una de las 12 bases constitucionales (consagradas en el Art. 154 de la actual Constitución), al regular los derechos sociales, establece que ellos deben tener un desarrollo progresivo, con responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas. Con esta salvaguarda, es de esperar que los excesos de la fracasada Convención no se repitan, aunque ello dependerá de los consejeros que se elijan.