Punta Arenas. 125 marzo 2016. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó hoy –miércoles 15 de marzo– la acción cautelar presentada por el doctor Francisco Berger Dempster, en contra del Hospital Clínico “Lautaro Navarro Avaría” y la Contraloría Regional de Magallanes por el reintegro de $19.478.249 (diecinueve millones cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos cuarenta y nueve pesos), correspondientes a 471 horas de trabajo injustificadas, entre enero de 2013 y julio de 2014.
En fallo unánime (causa rol 124-2016), el tribunal –integrado por los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic, y la fiscal judicial (s) Connie Fuentealba– desestimó el recurso de protección, por considerar que al ser “una acción de evidente carácter cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos claramente preexistentes y no discutidos, que se enumeran en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario e ilegal, que impida, moleste o amague ese ejercicio, y por ende, atendida su naturaleza y el procedimiento dispuesto para su tramitación, determinan que ella no constituya la vía idónea para resolver una situación jurídica en orden a determinar si el recurrente tenía o no derecho a percibir las remuneraciones objetadas entre los meses de enero de 2013 y julio de 2014”, explica el fallo.
En consecuencia, “no existiendo a juicio de estos sentenciadores en el asunto planteado un derecho indubitado, deberá recurrirse a la vía ordinaria que corresponda en un procedimiento de lato conocimiento en donde existe una etapa de discusión y prueba en el que habrá de discutirse los hechos antes señalados”, agrega la resolución.